El magistrado Felipe de la Mata, que votó en contra, destacó que se trata de un proceso partidista y «no es formalmente una campaña y por ello no le aplican las reglas constitucionales de precampañas y campañas»

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles los lineamientos que emitió el Instituto Nacional Electoral (INE) para regular y fiscalizar los procesos de selección de los candidatos presidenciales de Morena, el Frente Amplio por México y del resto de los partidos políticos, pero con 5 votos en contra y dos a favor, rechazó el ordenamiento en el que se exige a los aspirantes con algún cargo público separarse de sus cargos para seguir con el proceso.

Entre los funcionarios que pueden mantenerse en el cargo mientras se despeja quién será el abanderado de la oposición para la elección presidencial del 2 de junio del 2024 se encuentran la senadora Xóchitl Gálvez, el diputado Santiago Creel, Beatriz Paredes y Miguel Ángel Mancera.

La mayoría de los magistrados rechazó la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien presentó el proyecto de resolución, y quien entre sus argumentos destacó que no existe otra garantía suficiente para asegurar la neutralidad y equidad, así como para prevenir el uso indebido de recurso públicos, que exigir la separación del cargo de los aspirantes.

“Considero que solo a través de la separación del cargo es posible asegurar la plena vigencia de los principios de neutralidad y equidad y prevenir el uso indebido de recursos públicos y esto, en especial frente a lo novedoso y extraordinario de estos procesos políticos en curso”.

Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata, que votó en contra, destacó que se trata de un proceso partidista y «no es formalmente una campaña y por ello no le aplican las reglas constitucionales de precampañas y campañas».

En el mismo tenor se pronunció la ministra Mónica Soto Fregoso, quien votó en contra de la propuesta, subrayó que la propuesta de la ministra Otálora Malassis es una medida desproporcional, ya que implicaría suponer que se trata de un proceso electoral.

“Estimo que imponer como requisito que las personas servidoras públicas que intervengan o intervienen deben separarse del cargo, equivaldría a suponer que en realidad se trata de un proceso electoral en el que existen actos de precampaña y no de carácter político”.