Como consecuencia de la intervención de Sheinbaum y la propaganda en favor del presidente López Obrador, se confirmaron también las multas a las concesionarias: Sistema Michoacano de Radio y Televisión; Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión y Cinematografía; Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano y Estación de televisión XEIPN, Canal Once de la Ciudad de México

Por exhibir acciones y avances del Gobierno Federal mediante la presentación del proyecto del Bosque de Chapultepec mientras se desarrollaba el proceso de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador en 2022, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum violó la ley electoral al difundir propaganda gubernamental, confirmó este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por unanimidad, la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que existente la difusión de propaganda gubernamental mientras se desarrollaba el citado proceso revocatorio, derivado de la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de la mandataria capitalina.

Asimismo y como consecuencia de la intervención de Sheinbaum y la propaganda en favor del presidente López Obrador, se confirmaron también las multas a las concesionarias: Sistema Michoacano de Radio y Televisión; Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión y Cinematografía; Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano y Estación de televisión XEIPN, Canal Once de la Ciudad de México.

Una vez emitido el fallo las partes denunciadas impugnaron la resolución de la Sala Regional Especializada y manifestaron que el órgano jurisdiccional no fundó ni motivó su resolución, que su análisis no cumplió con el parámetro de exhaustividad y que fue indebida la valoración de los elementos para justificar la transmisión. Por cuanto hace a la Jefa de Gobierno de la CDMX, señaló que los mensajes denunciados no constituían una infracción al no poder calificarse como propaganda gubernamental.

En reacción y a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, la Sala Superior del TEPJF determinó que a las concesionarias denunciadas no les asiste la razón, toda vez que las manifestaciones señaladas no están relacionadas con un contenido informativo vinculado con aspectos educativos, sino que tienen carácter de difusión con propaganda gubernamental, ya que presentan una acción de gobierno a través de la exposición del proyecto del Bosque de Chapultepec.

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral subraya que la presentación del proyecto del bosque de Chapultepec se realizó con la intención de generar la aceptación o la simpatía de la ciudadanía durante el proceso de revocación de mandato, lo cual es contrario a la prohibición constitucional de transmitir este tipo de propaganda durante dicho proceso, por lo que con estos argumentos se confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada (SUP-REP-15/2023 y acumulados).