El fallo permite que todo ciudadano pueda solicitar información sobre los proyectos de la 4T, contratos, inversión, costos y personas que participaron en licitaciones sin que se exista negativa por argumentarse razones de seguridad nacional
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló este lunes a favor de invalidar en su totalidad el decretazo firmado en 2021 por el populista presidente Andrés Manuel López Obrador y con el que blindaba e impedía solicitud de información sobra las obras y proyectos del Gobierno de la 4T como el Tren Maya, la Refinería de Dos Bocas, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) y el Corredor Interoceánico, entre otras, y que tendrían etiqueta de clasificadas como interés público y seguridad nacional.
La Máxima Corte del país resolvió por seis votos a favor de invalidar el “decreto, con los sufragios de los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Ana Margarita Ríos Farjat y Norma Lucía Piña; en tanto que los cinco ministros que votaron en contra fueron los magistrados Arturo Zaldívar, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz.
CIUDADANÍA
El fallo de la SCJN permite que todo ciudadano pueda solicitar información sobre los proyectos de la 4T, contratos, inversión, costos y personas que participaron en licitaciones sin que se exista negativa por argumentarse razones de seguridad nacional, ya que la resolución tiene efectos generales y no solo los de competencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI).
Las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y el ministro Arturo Zaldívar argumentaron que la resolución debería tener solo efecto para el Poder Ejecutivo y el INAI, toda vez que el pleno de la Máxima corte determinó que el acuerdo se trataba de un acto administrativo y no de una norma general.
Asimismo, el ministro Arturo Zaldívar apuntó que el acuerdo tendría que seguir vigente para aquellas materias que no tienen que ver con transparencia.
ANTECEDENTE
La Suprema Corte declaró el pasado 18 de mayo inconstitucional el decreto del presidente López Obrador, que declaraba sus obras insignia como de “seguridad nacional”, y las protegía para que nadie pudiera tener acceso a información que pudiera generar algún recursos legal para impedir que continuarán, según los argumentos del Gobierno Federal.
La resolución que se aprobó el pasado jueves por mayoría de ocho ministros de 11, derivó de una controversia constitucional por parte del INAI.
El mandatario el mismo día 18 firmó un nuevo decreto para proteger sus obras de cualquier solicitud de transparencia, por lo que con el fallo de este lunes en sesión pública de la Corte, queda eliminado el blindaje que había contra amparos y solicitudes de información.