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La ALDF en el segundo día de trabajos del Periodo Extraordinario aprobó reformas al Código Civil que permiten el divorcio administrativo y al juez exhortar a los padres de un menor a no inscribirlos en el Registro Civil con nombres que los hagan objeto de burla.

El dictamen de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, reformó el artículo 272 del Código, con el fin de agilizar el trámite del divorcio administrativo, ya que no lesiona intereses de terceros.

Se resolvió que el divorcio procede cuando una pareja, tras haber cumplido un año, o más, de matrimonio, deciden separarse legalmente.

Los cónyuges deberán ser mayores de edad, haber liquidado la sociedad conyugal si están casados bajo ese régimen, ella no deberá estar embarazada, no tener hijos en común, y si los hay, deberán ser mayores de 18 años.

El juez del Registro Civil, una vez ratificada la solicitud de divorcio, levantará el acta en que los declarará divorciados legalmente y hará lo correspondiente en la del matrimonio.

Una vez ejecutada la sentencia, el Juez de lo Familiar remitirá una copia al Juez del Registro Civil que celebró el matrimonio, notificando que el matrimonio quedó disuelto.

Con lo anterior, se elimina la ratificación a la que hasta ahora están sujetos los cónyuges dentro de los 15 días siguientes después de presentada la solicitud de divorcio.

El juez exhortará a los padres a no poner a sus hijos nombres peyorativos

Otra reforma aprobada fue al artículo 58, que faculta al juez del Registro Civil a exhortar a quien presente a un menor para que el nombre que se pretende inscribir no sea peyorativo, discriminatorio, infamante, denigrante, carente de significado o constituya un signo, símbolo o siglas, o exponga al registrado a ser objeto de burla.

La propuesta señala que en todo momento queda salvaguardada la libertad de los padres para poner el nombre que deseen a sus hijos. Por ello se hizo hincapié en el término exhortar.

Carlos Monsiváis inscribirá su nombre, en letras de oro, en el Muro de Honor de la ALDF

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Por la trascendencia de sus aportaciones a la sociedad capitalina, retratando el sentir popular y la trayectoria de sus habitantes en la construcción de ciudadanía en diversos momentos históricos decisivos que han marcado la vida de la Ciudad de México, la Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias, de la ALDF aprobó inscribir en letras de oro el nombre de Carlos Monsiváis en el Muro de Honor del Recinto Legislativo.

El Presidente de la Comisión, Diputado Guillermo Orozco Loreto justificó que la calidad profesional, moral y ética de Carlos Monsiváis como cronista, ensayista, compilador, investigador, articulista y crítico lo convirtió en uno de los escritores más prolíficos de la segunda mitad del siglo XX.

Explicó que la fracción I del artículo 223, establece como requisito para la inscripción en el Muro de Honor “que la persona física haya aportado evidentes beneficios en diversas áreas del conocimiento humano o acciones de trascendencia social preferentemente, para el Distrito Federal, o en su caso para la República”.

De tal manera los integrantes de dicha Comisión consideraron que se cumple lo anterior, por las aportaciones al conocimiento de nuestra ciudad, de su sociedad, sus tradiciones y creencias, siendo en todo momento un fiel intérprete del sentir popular y relator del acontecer de su ciudadanía. Asimismo por su labor, no sólo literaria y periodística, dejó huella en nuestra capital, como el Museo del Estanquillo.

Por su parte la secretaria de la Comisión, diputada promovente, Aleida Alavez Ruiz, recordó que en uno de los momentos más estremecedores de la Ciudad de México, el terremoto de 1985, Carlos Monsiváis relató para la posteridad los sucesos de tan infausta tragedia, retratando el sufrimiento de sus habitantes.

Se autoriza construcción de vivienda popular en zonas económicamente altas del DF

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Poseer una vivienda digna y decorosa, además de ser un acto de justicia es un derecho constitucional, cuya responsabilidad compete al Estado, quien debe implementar programas y acciones que garanticen su adquisición, en especial, para aquellos sectores sociales de bajos recursos económicos o por diversas causas no ser sujetos a crédito hipotecario.

Además de ello, dicha actividad permite fomentar, incentivar y crear casa/habitación que favorezca la imagen urbana, el orden inmobiliario y mejorar la calidad de vida de sus adquirentes.

Bajo las anteriores consideraciones, el Pleno de la ALDF en su segundo día de trabajos del Periodo Extraordinario, aprobó reformas al Ordenamiento 26, de la Ley de Desarrollo Urbano del DF y del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de interés social y popular, incluso en colonias o delegaciones consideradas de nivel socieconómico alto.

El proyecto de decreto, presentado por las Comisiones Unidas de Desarrollo e Infraestructura Urbana y la de Vivienda, consideró que el objetivo es aprovechar el territorio y garantizar el rescate del patrimonio cultural urbano de la Ciudad de México, ya que su aplicación se hará en Áreas de Conservación Patrimonial y en Programas Parciales de Desarrollo Urbano.

El compromiso es no impactar de manera negativa la imagen urbana y arquitectónica del entorno, por lo que la Norma del proyecto aprobado no aplicará en suelo de conservación, en zonas de alto riesgo y vulnerabilidad. En predios que no tengan acceso a vía pública o ésta sea menor a 6 metros de ancho; predios ubicados en tercer territorio, cuya factibilidad de servicios sea negativa o en áreas de conservación patrimonial ubicadas en el tercer territorio.

Las viviendas, precisa el dictamen deben cumplir con los criterios de habitibilidad que garanticen la construcción de casa/habitación digna y decorosa que se establezca en 60 metros cuadrados, que aproveche los elementos fundamentales de suelo, agua, energía eléctrica en términos que permita economizar los recursos más valiosos que tiene la ciudad, en pocas palabras, que respete el desarrollo sustentable.

Hasta 36 horas de arresto, inconmutables, y multa de 2300 pesos a quien desperdicie el agua en la Ciudad de México

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Los habitantes del DF que desperdicien agua o impidan su uso serán sancionados con multas que van de mil 200 a 2 mil 300 pesos o arresto de 25 a 36 horas inconmutables, establecen las reformas aprobadas a la Ley de Cultura Cívica que presentó ante el Pleno de la ALDF en el segundo día de trabajos del Periodo Extraordinario de sesiones el GPPAN en voz de su Coordinadora Mariana Gómez del Campo Gurza.

La Diputada indicó que al incluir el concepto “desperdicio de agua” en la Ley, las autoridades podrán aplicar las sanciones necesarias para evitar que se malogre el vital líquido que registra una merma de 30 veces del promedio por habitante al año.

“Lo que intentamos es promover una nueva cultura del agua entre los capitalinos, insistió Gómez del Campo, porque observamos que es un tema al que no se le da el interés necesario. Lo que se requiere es procurar su cuidado, pero también divulgar el castigo para quien no lo haga”.

Los panistas citaron que una vez legislado, habrán de realizarse campañas de concientización, ligadas a informar sobre las sanciones para quien haga mal la utilice en el Distrito Federal.

Ya sea por desconocimiento o por falta de voluntad, los capitalinos desperdician el agua sin recibir el castigo correspondiente, concluyó Mariana Gómez del Campo Gurza.

En el mismo dictamen, el Presidente de la Comisión de Gestión Integral del Agua, diputado perredista Víctor Varela López, respaldó la iniciativa panista, pues dijo que la Ciudad de México es la entidad con menor disponibilidad del líquido per capita, es decir 143 metros cúbicos por habitantes al año, lo que se traduce en 30 veces menos, ya que a nivel nacional es de 4 mil 312 metros cúbicos por habitante al año.