La propuesta busca modificar los artículos 103, 105 y 107 para hacer improcedente el amparo y otros recursos legales contra las modificaciones constitucionales

Los líderes del partido Morena en el Senado y la Cámara de Diputados, Adán Augusto López y Ricardo Monreal, junto con los presidentes de ambas cámaras, Gerardo Fernández Noroña y Sergio Gutiérrez Luna, presentaron una iniciativa que busca impedir que la Suprema Corte declare inconstitucionales las reformas a la Constitución. Esta propuesta tiene el objetivo de blindar las modificaciones constitucionales frente a recursos legales como el amparo o acciones de inconstitucionalidad.

La iniciativa fue presentada con el fin de elevar a rango constitucional la improcedencia de estos recursos, buscando evitar que las reformas aprobadas por el Poder Legislativo sean detenidas o congeladas por controversias ante el Poder Judicial de la Federación. Esta medida afectaría directamente cualquier proceso judicial que actualmente esté en trámite contra reformas constitucionales.

Propuesta de reforma

El senador Adán Augusto López explicó que la iniciativa plantea modificaciones a varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente los artículos 1, 103, 105 y 107. El objetivo es establecer claramente la improcedencia de cualquier recurso que busque impugnar las reformas constitucionales, independientemente de su naturaleza o procedimiento.

Entre los puntos más destacados de la iniciativa, se señala que los juicios, recursos y consultas relacionados con la validez de reformas constitucionales que ya estén en curso serán sobreseídos de inmediato una vez que la reforma entre en vigor. De esta manera, los cambios a la Constitución no podrán ser revertidos mediante recursos judiciales.

López Hernández defendió la reforma al argumentar que las modificaciones constitucionales representan la «expresión más alta de la voluntad del pueblo de México» y, por tanto, no pueden ser equiparadas a un simple acto legislativo. Según el senador, las reformas constitucionales son el resultado de un amplio proceso deliberativo que incluye decisiones colectivas y una dignidad democrática especial.

Además, insistió en que el Poder Judicial tiene la tarea de interpretar y aplicar la Constitución, pero no puede modificarla ni interferir en el proceso de reformas que han sido aprobadas por el Congreso. Asimismo, se enfatizó que, de acuerdo con el artículo 135 de la Constitución, no corresponde al Poder Judicial obstaculizar los cambios constitucionales.

Críticas de la oposición

La oposición ha reaccionado con firmeza ante la propuesta. Legisladores del PAN y del PRI han calificado la iniciativa como un acto de autoritarismo por parte de Morena. Guadalupe Murguía, coordinadora de la bancada del PAN en el Senado, calificó la reforma como una «admisión implícita» de que los amparos y controversias constitucionales son procedentes, lo que, a su juicio, Morena intenta detener mediante esta reforma.

Por su parte, el priista Alejandro Moreno consideró la propuesta como una «locura», argumentando que busca silenciar a jueces y magistrados, y atenta contra el régimen democrático. Según Moreno, la iniciativa es un intento más de Morena por consolidar su poder y evitar que el Poder Judicial pueda revisar las reformas promovidas por el Congreso.

Los senadores de oposición también señalaron que la reforma no puede tener carácter retroactivo, especialmente en el caso de la reforma judicial, que actualmente enfrenta diversos recursos de amparo y controversias constitucionales.

Implicaciones de la reforma

De ser aprobada, esta reforma constitucional impediría que las adiciones o modificaciones a la Carta Magna sean objeto de impugnaciones judiciales, eliminando la posibilidad de que los tribunales intervengan en la revisión de su validez. La iniciativa también pretende aplicar de manera retroactiva, afectando los recursos en trámite relacionados con la reforma judicial.

Con esta propuesta, Morena busca garantizar la inimpugnabilidad de las reformas constitucionales, argumentando que el Poder Reformador de la Constitución es soberano y que sus actos no deben ser sometidos a control judicial.