El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México urgió a la Jucopo de la Cámara alta a designar a quien sustituirá al consejero Francisco Javier Acuña, quien dejó su cargo el pasado 31 de marzo

El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México emitió este martes una orden al Senado de la República para nombrar de inmediato al comisionado del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) que sustituirá al consejero Francisco Javier Acuña, quien dejó su cargo el pasado 31 de marzo, fecha en la que desde entonces y por indiferencia de la Cámara alta el organismo se mantiene inoperante ante la falta de quórum.

La orden deriva luego de que el pasado 2 de abril, la jueza Celina Angélica Quintero, titular del Juzgado Decimoséptimo en Materia Administrativa de la Ciudad de México, concedió una suspensión provisional a Francisco Ciscomani, comisionado del Instituto de transparencia, quien promovió un amparo para que la Cámara alta designara a la brevedad a un consejero del Instituto de transparencia, lo que no ha ocurrido y por el contrario, el asunto han tratado de olvidarlo como si no fuera prioridad.

La medida cautelar fue otorgada con el objetivo de que la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado acordara sin dilación someter al pleno el nombramiento de al menos un comisionado faltante para que el Pleno del INAI pueda sesionar.

La Jucopo interpuso un recurso de queja contra la suspensión ordenada por el juzgado, pero el recurso fue declarado infundado, ya que son notorias las afectaciones (desde hace más de un mes) en el órgano garante por la inoperatividad del Pleno para sesionar.

Los magistrados del Vigésimo Tribunal, Fernando Silva García, Salvador Alvarado López y Martha Llamile Ortiz Brena declararon infundado el recurso de queja del Senado y coincidieron en que había interés público en completar el quórum del Pleno del INAI, que tiene cuatro de siete comisionados, pero requiere al menos cinco para sesionar.

“Ningún poder constituido, en este caso el Senado, tiene facultades para desactivar o inhabilitar, directa o indirectamente, deliberada o accidentalmente, el funcionamiento de un órgano constitucional autónomo de garantía a la transparencia y la protección de datos personales, nacido desde la propia Constitución, como es el INAI”, destacó el magistrado Silva García.

“Ya está sucediendo la afectación a partir de que el pleno del INAI está integrado sólo con cuatro de los siete integrantes”, subrayó el magistrado Silva García, quien reiteró que el órgano autónomo requiere de al menos cinco comisionados para sesionar legalmente con quórum, por lo que urgió a que a la brevedad se designe a los comisionados faltantes al INAI.