“…Antonio Díaz Márquez, mercader, vecino de México, que negó ser judío hasta que se le hizo saber que iba a ser puesto en el potro; Ruy Díaz Nieto, en cuya causa se votó a que fuese puesto a cuestión de tormento para que declarasela verdad, después de ha ver (sic) dicho que su denunciante era enemigo capital suyo y que él no era bautizado, y “habiéndosele dado, negó haber recibido el agua del bautismo y así se votó a que se suspendiese. Después de lo cual pidió audiencia y perdón e haber engañado al tribunal, y declaróser cristiano y haber ido en compañía de su padre, siendo de poca edad a la judería de Ferrara…

“…Y viendo la ceguera en que estaba, vinieron al Tribunal, por cuatro veces personas doctas y religiosas que con sancto (sic) celo le enseñaron lo que debía tener y creer, y no habiendo sido posible poderlo reducir, se concluyó su causa definitivamente con causa de su letrado y de un intérprete del Sancto Oficio (sic), de quien se tiene mucha satisfacción fue relajado y declaró en justicia en persona a la justicia y brazo seglar, como hereje Calvino pertinaz, con confiscaciones. DEJOSE QUEMAR VIVO (mayúsculas en el porogoinal).”

Y así prosigue este recorrido por los folios del tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en la Nueva España, recopilado por José Toribio Medina y editado en México en los tiempos de don Porfirio, a quien el chileno historiador le dedico tan singular empeño.

No tiene caso recorreré las historias de doña Mariana Núñez de Carvajal; de Simón de Santiago, ni mucho menos de Manuel Taváres o Jorge Álvarez. Todas son, en el fondo, iguales. Personas enfrentadas a declarar ante quien tiene la autoridad para obligarlo.

El poder de la inquisición, la capacidad de inquirir, reclamar, interrogar, indagar, examinar con cuidado, como dice el diccionario.

¿Y a quién le compete tal potencia, tal capacidad, tal responsabilidad? Pues se diría, al Ministerio Público cuya capacidad de indagar le permite hallar culpables de muchos delitos. Quizá la autoridad fiscal, posiblemente a los usufructuarios de la conciencia ajena; es decir, a los curas y confesores.

Posiblemente a contralores y revisores del gasto. Esa sería labor de Auditores Menores o Mayores, como David Colmenares Páramo el más alto entre los mayores.

Pero no. Ahora la compete, por autonombramiento y desplazamiento de la autoridad, de la autoridad políticamente correcta, a los santones, gurúes y vacas sagradas de la “Sociedad Civil”; cuyos patrocinadores no quieren desplazar al Estado; quieren sustituirlo. Y en esa trampa vil hemos casi todos.

Así nació la famosa obligación de publicar una triple declaración fiscal, de intereses encontrados y de patrimonio. Quien no lo haga y “suba” al internet, es un hereje y como tal debe ser “reducido”. (en el lenguaje de la persuasión por tormento, también se dice “relajado”).

Y como todos se han vestido con el ropaje de los correcto, hasta nuestros legisladores, han hallado la forma de “empoderar” a la sociedad civil dándole un poder de reclamación del cual no gozan ni los órganos fiscalizadores derivados de la legalidad del Estado o de perdida del gobierno, hoy todos somos declarantes.

En el lenguaje de los abogados metidos a guarura, los provenientes de las procuradurías, dicen cuando interrogan a alguien: lo estoy declarando, cuando quieren explicar cómo confiesa a un detenido.

“Yo declaré a Aburto”, me decía hace tiempo uno de estos, con el orgullo de cuando Silverio Pérez comentaba , yo maté a “Tanguito”. Bueno, tampoco saben hablar:

El caso ahora es cómo ha crecido la obligación. Ya no se trata de hacer el “hat trick”, como Messi cuando deslumbra con tres goles por partido. Ahora la declaración es siete de siete, como nos ha mostrado con su limpio ejemplo el candidato José Antonio Meade.

Pero si vamos a ser exigentes la múltiple declaración debe aclarar más cosas.

Por ejemplo, debe decir si aluna vez se han tenido malos pensamientos o se ha sucumbido a la tentación de la carne; si se ha cometido adulterio o se ha pecado de pensamiento palabra y obra; si se es seropositivo o se ha visitado a un especialistas en “enfermedades secretas”; si se tuvo incómoda purgación o se conocen los adores del “catarro inglés”; si se ha acosado (o acostado) a alguna dama (o caballero, según el caso) o si se ha puesto a una persona del otro sexo, o el mismo, en condición de abuso; si se ha cometido tortura o violado; si se ha despedido a alguien injustificadamente o se ha incumplido la obligación de inscribir a la señorita del servicio doméstico (no se les dice chachas ni sirvientas: mucho menos criadas o gatas) en el Seguro Social y se le otorgan todas las prestaciones de la ley incluyendo su cotización al Infonavit.

Esto es muy importante, no sólo si se tienen latifundios mal habidos o bien habidos, pues.

Ojalá y el ejemplo del señor Meade, al cual sus enemigos ni un pial le echaron por este desplante de limpieza, nos lleve a una máxima declaración de “cien de cien”.

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Author: Rafael Cardona

Rafael Cardona

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