Estaban todos tan contentos, válgame Dios, como la novia emocionada por el regreso de su soldado heróico del lejano campo de batalla, como la niña con muñeca nueva o la sirena con música de estreno entre las olas del mar y además de felices estaban orgullosos, ufanos, infatuados, se podría decir.
A cada momento lo decían y lo repetían; hemos hecho un notable ejercicio democrático, la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México fue concurrente, plural, eficaz, novedosa, vanguardista, creativa, ejemplar, hazañosa, única en la historia, a pesar de los defectos congénitos de selección de los diputados, porque se hizo lo mejor dentro de lo posible y se dotó a la ciudad del primer cuerpo jurídico absoluto en toda su larga historia, algo no visto en los pasados cinco siglos ¿me entiende usted la dimensión del caso?
–No, pos sí…
Pero todo ese alborozo de pirotecnia se agrietó, perdió el dorado esplendor de su pátina, y como en aquel cuento de Juan José Arreola, (”Parábola del trueque”, se llamaba, ¿no recuerda?) sí, ese del mercachifle de carreta cuyo trabajo era cambiar esposas naturales por doradísimas féminas de piel reluciente y cabellos áureos cuya piel se descarapelaba al poco tiempo, y de ese hombre reacio a cambiar a su morena (no es propaganda) por una de esas esplendentes cuyo modelo ya tenían todos en el pueblo menos él, quien se queda al final con el orgullo y el amor verdadero de esa hembra suya cuya piel natural levitaba con reflejos de ufanía , ¿sí se acuerda?, bueno, no importa, el caso es más simple: a la Constitución recién estrenada, cuya vigencia se iniciará hasta dentro de unos meses, ya la brotaron como sarpullido las impugnaciones constitucionales.
Lea usted esta noticia:
“A un mes de su aprobación, la Constitución de la Ciudad de México impulsada por el jefe de gobierno, Miguel Ángel Mancera, se tambalea al confirmarse que a las impugnaciones promovidas en un principio por los partidos Morena y Nueva Alianza se suman ahora las de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Tribunal de Justicia capitalino y, por si fuera poco, la Presidencia de la República.
“Ante la embestida legal contra el naciente ordenamiento jurídico de la capital, una parte del cual entrará en vigor a fines de este año, Mancera Espinosa respingó de inmediato. Aseguró que la “Constitución no se la quita nadie a la Ciudad de México”.
“El senador Alejandro Encinas, exdiputado constituyente, también alzó la voz y calificó como una “puñalada trapera” la intentona del gobierno federal por echar atrás la Constitución de la CDMX.
“En suma, el texto promovido por Mancera Espinosa y aprobado por la Asamblea Constituyente ya arrastra dos controversias constitucionales, cuatro acciones de inconstitucionalidad y un amparo.
Lea usted esa embestida, la cual no hace sino señalar errores, omisiones, exageraciones; invasión de atribuciones, defectos de técnica jurídica; en fin, como si de pronto se les hundiera su “Titanic” en el primer viaje o en planeo vuelo (quizá no es para tanto) estallara el “Challenger” dejando en el cielo las nubes de un alacranoso estallido de muerte y pedacería espacial.
Pero dentro de todo este conjunto de impugnaciones, cuyo curso ya ha sido admitido en la Suprema Corte de Justicia por el ministro, Javier Laynez, hay uno sobresaliente: la controversia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, porque si algo tiene como aliento y espíritu la nueva Constitución es su compromiso “garantista”.
Su proclamado y amplísimo catálogo de “Derechos Humanos”, de dimensiones difusas para el cumplimiento y en ciertos momentos estridente, parece tener huecos como un gruyere.
Y contra eso, sólo contra eso, podría pronunciarse la CNDH cuyo texto impugnatorio no es aun de conocimiento pleno de los legos.
Pero veamos algo de esto: en materia de Derechos Humanos dice la constitución de la CDMX (por espacio se reproducen únicamente algunos puntos):
“Artículo 6
Ciudad de libertades y derechos
Derecho a la autodeterminación personal, Derecho a la integridad, Derecho a la identidad y a la seguridad, derecho al nombre, a su propia imagen y reputación; derecho al servicio notarial y a la inscripción registral de bienes y actos jurídicos. O sea, derecho al Derecho.
En cuanto a las familias: se les reconoce la más amplia protección, en su ámbito individual y colectivo, así́ como su aporte en la construcción y bienestar de la sociedad por su contribución al cuidado, formación, desarrollo y transmisión de saberes para la vida, valores culturales, éticos y sociales.
Se establece el derecho a la sexualidad; a decidir sobre la misma y con quién compartirla; a ejercerla de forma libre, responsable e informada, sin discriminación, con respeto a la preferencia sexual, la orientación sexual, la identidad de género, su expresión y las características sexuales, sin coerción o violencia y algunas cosas más; los derechos reproductivos, el acceso a la justicia, la libertad de creencias, de pensamiento y religión, de convicciones éticas; derecho a la buena administración pública; la libertad de reunión y asociación, la libertad de expresión; bueno hasta los periodistas tienen derecho a reservarse sus fuentes (reales o imaginarias, sus voladas, sus libelos) y actuar de acuerdo con su conciencia.
En fin, un catálogo interminable sobre cuyos detalles, no se sabe cuáles, se ha pronunciado la CNDH. Eso es lo más notable.
No se podría creer en una controversia desde el órgano constitucional autónomo para observar algo relacionado con las obras públicas o la organización administrativa. Pero eso se verá esta siguiente semana cuando se revisen con detalle los contenidos de todas estas impugnaciones al texto primigenio, fundacional y meloso con el cual se quiere normar la futura vida la gran ciudad de México.
La Constitución fue promulgada cuando la otra, la de 1917, cuya vigencia centenaria se festejaba con platillos y tambores, el mismo cinco de febrero, como se hace desde hace un siglo. Cien velitas en el pastel de la abuela y pañales para la naciente obra jurídica de la ciudad de México.
Vale la pena ahora citar ahora a Ignacio Marván en su texto sobre como se hizo aquella abuela:
“La Asamblea trabajó realmente a marchas forzadas.
“La calificación del grueso de las credenciales para la instalación del Congreso se llevó a cabo del 21 al 30 de noviembre de 1916. El 1o de diciembre fue inaugurada por el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista Encargado del Ejecutivo, y los dictámenes correspondientes a los 132 artículos más transitorios que tenía el proyecto presentado por Carranza fueron discutidos y aprobados uno por uno entre el 11 de diciembre de 1916 y la madrugada del 31 de enero de 1917. En 71 días el Congreso tuvo un total de 78 sesiones públicas. De éstas, 11 fueron sesiones preparatorias y de calificación de credenciales, y 67 de discusión y votación de dictámenes. Es decir, poco más de una sesión diaria tanto si contamos a partir de la primera sesión preparatoria realizada el 21 de noviembre y consideramos las preparatorias y de colegio electoral, como si sólo tomamos en cuenta los 62 días —del 1o de diciembre de 1916 al 31 de enero de 1917— estipulados por Carranza para la discusión y aprobación del Proyecto de Constitución y sólo las sesiones de discusión de dictámenes de artículos”.
Y de entonces a esta fecha, casi 700 enmienda se le han hecho.
¿Por qué no se habría de corregir ahora una Constitución cuya aplicación ni siquiera es cosa del día de hoy?
Pero si el texto original fue modificado de manera tan profunda (algunos dicen, se cambió casi 90 por ciento del texto elaborado por los “Notables de Mancera”), pues ahora se cambiará el texto hecho por los “Constituyentes de ocasión”.
O como ha dicho la Presidencia de la República por conducto de su consejero jurídico, Humberto Castillejos, al promover la controversia relacionada con más de 10 artículos en los cuales se advierte, “invasión de atribuciones”.
“Se metieron con temas que son exclusivamente federales o que corresponden a leyes generales que deben expedir”, aclaró.