Los Senadores incumplieron con los plazos para aprobar la Ley General de Transparencia
La opacidad del proceso legislativo estas ultimas semanas ha generado inconformidad y preocupaciones
Los Senadores deben publicar las posiciones de todos los actores que compartieron propuestas de modificaciones a la Ley
México D.F. a 09 de Febrero de 2015.- Una vez más el Congreso de la Unión incumple con los plazos establecidos por ellos mismos en la Constitución, para emitir leyes secundarias de transparencia.
Este sábado 07 de Febrero de 2015 se venció formalmente el plazo señalado por la reforma al sexto constitucional de 2014, ya que en su artículo segundo transitorio se establece el plazo de un año para expedir las leyes en materia de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Archivos.
Sin que se haya logrado la aprobación de la Ley General de Transparencia y las demás leyes secundarias, el Congreso de la Unión, específicamente el Senado de la República, omite regular importantes disposiciones para concretar el mandato de la Constitución.
- a)La integración de nuevos actores al catalogo de sujetos obligados (sindicatos y partidos políticos), y los procedimientos necesarios para que se garantice su transparencia y los mecanismos que deberían garantizar para acceder a la información que éstos poseen.
- b)La implementación de un Sistema Nacional de Transparencia que permita la coordinación de los organismos de transparencia locales con el organismo federal, actualmente el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI) que permitan homologar los procesos para ingresar solicitudes de información y para consultar información que deben hacer pública los sujetos obligados señalados en la Constitución.
- c)Los principios y procedimientos para que el IFAI pueda implementar las atribuciones que le confiere la Constitución al dotarlo de autonomía, entre las que se incluye la facultad de atracción de recursos de revisión donde la resolución de los organismos garantes locales ha resultado desfavorable para la persona solicitante de información y la interposición de acciones de inconstitucionalidad y resolución de controversias, entre otras.
- d)La falta de Leyes de Generales imposibilita la armonización de la Constitución con las leyes de de los 31 Estados y el Distrito Federal por lo que se impide concretar la aspiración objeto de la reforma constitucional de transparencia aprobada en 2014, de homologar las garantías del derecho de acceso a la información en todo el país. Se está perdiendo la oportunidad de que estas garantías sean acordes con la mayor protección de los derechos de las personas y que respeten los derechos adquiridos a través de fijar los más altos estándares a partir de las mejores prácticas que ya se implementan estados de la república o el Distrito Federal y que han sido establecidos en distintos instrumentos internacionales de derechos humanos.
Por lo tanto, el Colectivo por la Transparencia y México Infórmate llamamos a nuestros representantes a dar señales fuertes de promoción del derecho de acceso a la información; Exigimos al Senado de la República aprobar la iniciativa presentada el 2 de diciembre de 2014, sin más modificaciones que la eliminación de las sanciones a los funcionarios públicos de los organismos garantes (artículo 208) y la causal de reserva de información de estabilidad económica.
En efecto, además de incumplir con su mandato, los Senadores no mantuvieron la apertura y transparencia en torno a los debates sobre la Ley. En las ultimas semanas, esta ausencia de información generó mucha suspicacia y desconfianza sobre posibles cambios de ultimo momento al proyecto inicial que representarían retrocesos graves para el derecho de acceso a la información en el país.
Desde el Colectivo por la Transparencia y México Infórmate exhortamos a las comisiones dictaminadoras, en especial a la Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana, presidida por el Senador Pablo Escudero (PVEM), a hacer públicos los documentos que haya considerado en la definición del proyecto de dictamen donde consten puntualmente las distintas posiciones presentadas por cada actor que presentó planteamientos al Senado y que se haga público el proceso de dictaminación para su discusión.